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Archivos de Octubre, 2009

Solicitud de Aprobacion del INCINI

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Quilmes, 11 de septiembre de 2009

VISTO:

El proyecto D 1334 / 09-10 presentado en la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires pidiendo el pronto tratamiento en el Congreso Nacional de las iniciativas vinculadas al Ingreso Universal a la Niñez; y,

CONSIDERANDO:

Que este proyecto de declaración fue aprobado por TODOS los bloques políticos sobre tablas el 26/08/2009.

Que en la Cámara de Diputados de la Nación existen  distintas iniciativas referidas a la creación o institución de un Ingreso Universal a la Niñez que más allá de sus especificaciones técnicas o políticas ponen en debate la infantilización de la pobreza en la Argentina. Realidad ésta que es encerrada en una frase que se repite como de memoria: “la mayoría de los niños son pobres y la mayoría de los pobres son niños”

Que ante la situación financiera de la mayoría de las provincias se hace aun más necesaria una respuesta a nivel nacional.

Que se hace imperioso entonces provocar un profundo debate acerca del modelo de protección social vigente en nuestro país. Décadas de políticas neoliberales han producido una gran fragmentación con la consecuente destrucción de vínculos sociales. Es necesario reconstruir esos vínculos a través de políticas concretas basadas en los principios de solidaridad, universalidad, equidad e igualdad  de nuestro sistema de  seguridad social.

Que, junto a políticas que hagan foco en problemáticas específicas y acotadas, es imprescindible avanzar en el desarrollo de una red de seguridad social que brinde un ingreso básico universal  garantizado  para hacer CIUDADANOS a todos los niños, niñas y adolescentes.

Que impulsar políticas universales es también hacer efectiva la condición de ciudadanos para muchos argentinos que independientemente de su posición o la ausencia en el mercado de trabajo, lo son por el solo hecho de habitar este suelo. La pobreza no es resultado de fuerzas naturales sino de la injusta distribución de la riqueza de nuestro país. Es necesario que el Estado intervenga con toda la fuerza para mejorar esta distribución a favor de  los que menos tienen.

Que hace más de 12 años hay proyectos presentados en el Congreso Nacional instituyendo políticas universales a la niñez. Es hora, ante la crisis económica y social, que el Estado Nacional tome medidas urgentes para evitar una mayor disgregación social, y con ello contrarrestar la profundización de la pobreza y la exclusión que estamos viviendo.

POR ELLO: El bloque ARI COALICION CIVICA aconseja la aprobación del siguiente proyecto de:

RESOLUCION

Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante de Quilmes solicita al Congreso Nacional que de pronto tratamiento a las iniciativas vinculadas al  Ingreso Universal a la Niñez.

Articulo 2º.- Comuníquese a la Cámara de Diputados y a la Cámara de Senadores de la Nación.

Articulo 3º.- De forma.

General

Esparcimiento Nocturno zonas Centricas

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Expte.HCD-O-2-19861         

Referente: Suspender por 60 días

Habilitación referente a

Esparcimiento nocturno

 

 

 

Quilmes,  03 de Junio de 2009

 

 

 

          VISTO:

 

                      Que determinadas zonas del distrito se encuentran completamente colapsadas por una actividad de esparcimiento nocturno que prolifera en escalas tan diversas como traumáticas.

  

          Que las quejas vecinales se acumulan describiendo realidades verdaderamente insoportables en términos de calidad de vida, advirtiéndose incluso situaciones que comprometen la salud psicofísica de quienes conviven con actividades que han proliferado en condiciones cuantitativas notables.

 

          Que existen en materia de legislación municipal, normas que establecen regulaciones que no parecen estar siendo debidamente observadas y,

 

         CONSIDERANDO:

 

                                        Que la actividad de esparcimiento nocturno debe compatibilizarse con la calidad de vida de quienes además, resultan habitantes permanentes de esos sectores del distrito.

 

          Que la legislación vigente ha sido conteste en intentar establecer como compatibles con éstas actividades, aquellos radios geográficos con escasa densidad poblacional permanente.

 

          Que existe un evidente desborde en torno a los permisos de instalación de comercios que bajo formas autorizadas, ejercen actividades que no lo son.

 

          Que la zona regulada como “de Esparcimiento”, no contempla el radio estrictamente céntrico, espacio en el que han proliferado locales que ejercen actividad de hecho incompatibles con el espíritu real de la legislación municipal vigente.

 

          Que existe actualmente,  una evidente violación a las disposiciones de las Ordenanzas 7425/94, en tanto ésta establece horarios precisos para el funcionamiento nocturno y tabula el nivel de sonido permitido para la actividad que se desarrolla fuera del área antes especificada.

 

          Que los descontroles normativos, han llegado al extremo de habilitar situaciones de desborde general que cada fin de semana, culminan en hechos policiales en los que no faltan jóvenes heridos y vecinos que avanzan en tomar acciones directas que pueden culminar en hechos irremediablemente desgraciados.

 

          Que es deber ineludible de éste Cuerpo, además de legislar, exigir el cumplimiento de las normas.

Por lo expuesto, el concejal del bloque ARI-CC, Mario Sahagún, recomienda la aprobación del siguiente proyecto de:

 

ORDENANZA:

 

Articulo 1º.- Dispónese la suspensión por el plazo de 60 (sesenta) días, del otorgamiento de toda nueva habilitación comercial que contenga rubros compatibles con el esparcimiento nocturno, en todas las modalidades que éstos puedan adquirir, lapso en el que se verificará el pleno cumplimiento de la normativa vigente respecto de los que hubieran sido habilitados, y se avanzará en readecuar la legislación en curso, en función al impacto ambiental que la actividad haya generado en las zonas del distrito cuyo permiso de instalación ha estado vigente hasta la fecha.

 

Articulo 2º.- Establézcase que el departamento Ejecutivo remita a  éste Concejo Deliberante, la nómina completa de comercios habilitados bajo éste rubro en todo el distrito, con más los que lo hubieran sido por actividad de maxikioscos, bares, comidas rápidas  y cafeterías; y  sus correspondientes ubicaciones, a efectos de considerar el pleno cumplimiento de las disposiciones emanadas de la ordenanza 10439/06, en tanto ella establece un Radio de Exclusión (RE(a)) sobre la zona asentada en Avenida Calchaquí, que dispone la imposibilidad de convivencia de comercios de ésta nómina a menos de 500 metros entre sí; como asimismo, las actas de inspección de las que pudieron haber sido objeto dichos comercios a lo largo del último año, junto a los instrumentos administrativos que den cuenta del resultado final de esos procedimientos.

 

Articulo 3º.- Comuníquese a quien corresponda etc..

 

General

0800 “Quilmes Sin Drogas”

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Expte: HCD-2-20223-09

Referente: Crear Programa

“Quilmes Sin Droga” y

Linea 0800 

 

 Quilmes, 15 de septiembre de 2009

 

 

 

Visto:

 

El fenomenal avance de la venta y consumo de drogas ilícitas en el distrito, y las tragedias sociales que ello trae aparejado. Y;

 

 

Considerando:

 

                        

                         Que, como medida preliminar al abordaje de la problemática, se  torna necesario atacar por todas las vías posibles, la correa de transmisión que termina en el consumo, colocando a la sociedad en estado de “alerta permanente”, en torno a cualquier actividad que se sospeche vinculada a la venta de estupefacientes. En éste sentido, la meta inicial es impedir la llegada de droga a las manos de quienes la consumen, como medida preliminar de protección al enfermo adicto, y forma de atacar un primer eslabón de la cadena de la venta.

 

          Que se torna entonces imperioso movilizar al aparato preventivo represivo de las fuerzas de seguridad desde el alerta ciudadana, para atacar en forma permanente la venta de drogas en el distrito, aportándole datos precisos que surjan de éste estado de vigilia social, a efectos de avanzar en el segundo estadio, es decir, el vinculado a la represión del delito.

 

          Que en éste marco, es preciso considerar que la ciudadanía percibe riesgos personales ante una intervención concreta en materia de denuncias. Esto, que es imprescindible analizar como cuestión aparte, debe ser sumado al análisis como hecho consumado y, en consecuencia, incorporado como causa que justifique la necesidad de garantizar el anonimato cierto y para todos quienes denuncien. Como contrapartida, la sospecha social permanente de protección a quienes venden estupefacientes, debe también evaluarse a la hora de generar un sistema con herramientas seguras que permita a la sociedad controlar el destino final de sus denuncias.

 

          Que lo analizado es sin perjuicio de señalar que existen en la actualidad, enormes demandas vinculadas a la falta de espacios de contención y tratamiento del enfermo adicto, ausencia que es deber exigir se atienda por separado e integralmente.

 

 

Por todo lo expuesto, los Concejales abajo firmantes, integrantes de la Comisión Especial de Seguridad creada en el marco de la declaración de Emergencia en Seguridad que rige en el distrito, proponen la aprobación del siguiente proyecto de:

 

 

 

ORDENANZA

 

 

-ARTICULO 1: Créase en el ámbito municipal, el programa “Quilmes Sin Drogas,” cuya principal herramienta será la existencia de una línea gratuita y de atención permanente, con modalidad 0-800, destinada en forma exclusiva a la recepción de denuncias de hechos puntuales de venta de estupefacientes, la que funcionará las 24 horas del día, los 365 días del año.

 

-ARTICULO 2: El programa funcionará con el municipio como agente recepcionador de la llamada, y se constituirá en el organismo obligado luego a la consecuente derivación policial, la que deberá llevarse adelante en forma inmediata a la recepción de la llamada.

 

-ARTICULO 3: El agente recepcionador, deberá:

 

1) Llevar un puntualizado listado de las llamadas recibidas, con los datos que especifiquen día y hora de las mismas, teniendo expresamente prohibido solicitar –y deberá ignorarlos en caso de dación voluntaria de los mismos-  y registrar, datos respecto a la identidad de quien denuncia, lugar físico desde el que se hace la llamada, condición de mayor o menor de quien la formula, y todo dato que permita identificar a quien se ha comunicado.

2) Dentro del registro diario, que solo contendrá denuncias de lugares de venta de estupefacientes y/o de personas detectadas en tal actividad, deberá darse cuenta de la derivación policial efectuada, con datos del agente que ha recepcionado en sede policial el aviso.

3) Las planillas de registro diario, que deberán contener datos del personal responsable en cada turno, foliatura y firma de un responsable general, quedarán bajo la custodia del municipio, debiendo ser remitidas trimestralmente al Honorable Concejo Deliberante. Dicha información tendrá carácter público.

 

ARTICULO 4:  El municipio deberá llevar adelante una masiva campaña de información y difusión acerca de la existencia del programa asi como del número gratuito y anónimo, y dispondrá la obligatoriedad de colocarlo como cartel publicitario en todas las dependencias públicas y las privadas que asi lo permitan; a excepción de los espacios destinados al esparcimiento nocturno en todas sus variantes, dónde regirá la obligatoriedad de su colocación. El municipio invitará por la vía del  Consejo Escolar de Quilmes, la colocación de ésta información en todas las escuelas públicas del distrito.

 

ARTICULO 5: El departamento Ejecutivo reglamentará el funcionamiento operativo del presente programa, quedando facultado a determinar el área bajo la que se pondrá en marcha.

 

ARTICULO 6: De Forma.

 

 

 

 

 

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