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Establecimiento Levalle 262 Bernal

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Minuta de Comunicación Verbal

Señor Presidente:

Denuncias formuladas por vecinos de  la localidad de Bernal, nos han puesto al tanto del funcionamiento de un comercio de aparente rubro frigorífico, ubicado en Levalle 262, cuya actividad nos ha sido descripta como clandestina.

La vecindad de la zona refiere padecer olores nauseabundos, ruidos que superan lo tolerable en horas de la noche, y un movimiento de entrada y salida de mercaderías por fuera de las condiciones de higiene que dicho rubro amerita.

Constaté personalmente señor presidente, la existencia en ese lugar, de un galpón con aspecto de explotación comercial, aunque sin cartel en el que se pueda visualizar giro comercial, ni identificación de ningún tipo. La fotografía que se adjunta a éste pedido asi lo prueba.

Sabemos sin embargo que con fecha 28 de agosto de 2009, inspectores de la dirección de Auditoría Agroalimentaria del Ministerio de Asuntos Agrarios llevó adelante un operativo derivado de una denuncia vecinal.

En el acta de ese procedimiento, se aporta información  sobre un supuesto pedido de habilitación que los propietarios de la explotación comercial –identificados como Jorge Meli y José Morales- iniciaron en el municipio confirmando la actividad frigorífica pretendida, aunque un dato consignado en el acta a la que me refiero ha dejado algunas dudas, por cuanto se consigna que el inicio de las tramitaciones corresponde  al 26 de abril del corriente año.

Hablo de dudas, porque con la simple revisión del calendario anual se constata que 26 de abril fue domingo.

Hemos señor presidente hecho una presentación ante las autoridades de Bomberos de Bernal, cuya copia también adjuntamos y de la que nos hallamos a la espera de respuestas, ya que según se nos ha informado, hace escasos días, fue necesario que el personal de dicha dependencia acuda al lugar a asistir personal que se habría accidentado por carecer el espacio de condiciones de seguridad, hecho que suma preocupación y urgencia.

Por lo dicho señor presidente, solicito acompañamiento en la aprobación de la siguiente:

Minuta de Comunicación:

-El  Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo la inmediata inspección del establecimiento ubicado en Levalle 262 de Bernal, con la consecuente urgente clausura en caso de no hallarse en mismo ajustado a la normativa vigente.

General

Pedido de informes sobre cooperativa en servicios publicos

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Quilmes, 16 de noviembre de 2009

 

Visto:

          La contratación que el municipio de Quilmes lleva adelante con Cooperativas de reciente conformación y la necesidad de controlar la transparencia de ese proceso y;

  

Considerando:

 

                         Que  durante el mes de octubre de 2009, la Administración Federal de Ingresos Públicos, inscribió formalmente a la Cooperativa de Trabajo San José Ezpeleta Limitada, Nro. De CUIT 30-71113481-2.

 

          Que de esa constancia de inscripción, registrada en la AGENCIA 100 -Quilmes- de la AFIP, se verifica que la fecha de inicio de actividades corresponde a ese mes, e inscribe una persona jurídica cuya constitución de contrato social se verificó en 3 de abril de 2009.

 

          Que a ésta altura resulta menester aclarar, que la AFIP solicita a las entidades registrantes, dos domicilios: uno el legal, y el otro el fiscal; siendo éste último aquel que se identifica como el lugar del giro societario principal, así como en donde se encuentran los libros contables y  la documentación  respaldatoria de la actividad.

 

          Que extrañamente, dentro de la información oficial aportada por AFIP, surge que el domicilio fiscal que la referida cooperativa denuncia, no es otro que Amoedo 2850, Quilmes Oeste, domicilio que según la Dirección de Catastro, corresponde a un inmueble propiedad de la Municipalidad de Quilmes, y en la que se encuentran actualmente funcionando dependencias del área de Servicios Públicos y la actual secretaría de Agua y Cloacas.

 

          Que esto significa, que se ha constituido una cooperativa que denuncia funcionamiento dentro de una dependencia del Estado municipal.

 

          Que la circunstancia antedicha resulta a priori inexplicable, ya que suponiendo que el Departamento Ejecutivo desconozca la maniobra, la Administración Federal de Ingresos Públicos exige como requisito para avalar la inscripción de un domicilio fiscal, o bien la escritura que acredita dominio, o instrumentos sustitutivos, tales como contrato de locación o comodato de uso.

          Que de no resultar oficialmente aclarada la situación, estaríamos ante la comisión de un delito que tendría responsables o bien en la administración municipal, o bien en la Administración Federal de Ingresos públicos, o bien en ambas, con la intermediación de la AGENCIA 100 de Quilmes.

 

Por todo lo expuesto, el Concejal Mario Sahagùn, del Bloque Coalición Cívica- ARI, aconseja  la aprobación del siguiente proyecto de:

 

                                      RESOLUCION

 

Articulo 1º.- Informe el Departamento Ejecutivo, a través del área que corresponda, que conocimientos tiene de la existencia de la Cooperativa de Trabajo San José de Ezpeleta limitada, particularmente en referencia al domicilio que la misma denuncia en la AFIP.

 

Artículo 2º.- En caso afirmativo informe, que investigaciones administrativas se han llevado adelante para deslindar responsabilidades en torno al uso de un domicilio municipal para una persona jurídica ajena.

 

Articulo 3º.- Informe si la cooperativa referida es o ha sido contratada por la administración municipal, indicando en ese caso, para que tareas y que controles se han ejercido sobre la documentación por ella presentada.

 

Artículo 4º.- Informe en caso de resultar afirmativo el anterior punto, que montos y bajo que conceptos se han abonado a la referida cooperativa, suministrando la nómina completa de la cadena de responsables administrativos del circuito que la contrató y que le abonó.

 

Articulo 5º.- Comuníquese a quien corresponda, etc..

 

 

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Servicios Locales de Protección y Promoción de los Derechos de los Niños y Adolescentes

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Quilmes, 10 de noviembre de 2009

 

En febrero de 2008, el Ejecutivo Municipal firmó el convenio de adhesión a la Ley 13.298 de Protección y Promoción de los Derechos de los Niños y Adolescentes. En diciembre de ese mismo año, éste Concejo Deliberante convalidó la adhesión.

Fue a partir de ese momento, con la Ordenanza 11.068/08 sancionada, que debieron ponerse en marcha los preceptos de esa Ley, que buscó, entre otras cosas, constituir el Consejo Local de Protección de los Derechos del Niño con la participación de las instituciones y organizaciones vinculadas a la Niñez y Adolescencia en nuestro distrito.

Al mismo tiempo, debieron implementarse los “Servicios Locales de Protección de Derechos”, cuyas funciones fueron pensadas para facilitar soluciones al niño cuyos derechos se encuentren vulnerados.

Estos servicios deben disponer, entre otros, de programas de identificación; de defensa de derechos; de formación y capacitación; recreativos y culturales; de becas y subsidios; de asistencia técnico jurídica; de localización; de orientación y apoyo; socio-educativos para la ejecución de las sanciones no privativas de la libertad; y de asistencia directa, cuidado y rehabilitación.

Se debió llevar adelante un concurso de antecedentes y oposición para que los “Servicios Locales de Protección de Derechos” cuenten con un equipo técnico-profesional con especialización en la materia, integrado por un psicólogo, un trabajador social, un abogado y un médico, como mínimo, para luego poder descentralizarse y llegar a los barrios más castigados de Quilmes.

A casi dos años de la rúbrica del convenio, todavía no tenemos el Consejo y no tenemos los Servicios Locales en funciones. Sin embargo, el Municipio recibe $ 380.000 mensuales para financiar las obligaciones derivadas de esa adhesión.

En octubre de 2008, desde éste mismo bloque presentamos un pedido de informes, tendiente a echar luz sobre éstas cuestiones.

El 28 de noviembre de ese año, la secretaria de Desarrollo Social responde el mismo, indicando que se encontraba coordinando acciones tendientes a poner en marcha los preceptos de la ley.

Es de destacar que lo hace en forma acabadamente imprecisa, por cuanto no existe en ese texto, ni una sola referencia a medidas concretas, a plazos de puesta en funcionamiento de los Servicios Locales y mucho menos referencia alguna a los concursos de antecedentes que debieron servir para designar profesionales.

Pero más asombrosamente aún, detalla la afectación que se hacia por entonces de los fondos, indicando que “$250.000 se destinaban al Plan de Seguridad Alimentaria, y el resto a asistencia directa, alquiler de viviendas, y asistencia a adultos mayores y personas con discapacidad.”

Por ello señor presidente solicito se me acompañe en el siguiente Pedido de Informes:

 

-El Departamento Ejecutivo, por el área que corresponda, informe que afectación se está llevando delante de los fondos que mensualmente se reciben por la adhesión a la ley 13298.

 

-Informe asimismo, las causas por las que no se ha cumplido a la fecha con las disposiciones emanadas de esa Ley, a la que el municipio se encuentra adherida desde febrero de 2008.

 

 

 

 

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Antena Nextel de calle 349 entre 382 y 383 de Quilmes Oeste

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Quilmes, 10 de noviembre de 2009

 

El pasado 28 de octubre, según informaciones aportadas por vecinos de la calle 349, la firma Nextel intentó conectar ya para su funcionamiento, una antena que ubicaron en un tanque situado dentro de un edificio de propietarios privados, que recibieron según los testimonios que han sido públicos, la suma de 22 mil pesos por el alquiler anual del espacio.

La conexión que se pretendía materializar, ubicada en la calle 349 entre 381 y 383, habría sido exitosa, si la reacción vecinal atenta, no la hubiera impedido.

La secretaría de Medio Ambiente envió entonces al lugar a su personal de inspección, hecho que derivó en la confección de dos actas diferentes, circunstancia que si bien es poco clara, no afectó el fondo de la cuestión por cuanto el día 2 de noviembre, el Juzgado de Faltas 3, a  cargo del magistrado Jorge Briasco, ordenó la clausura del emprendimiento.

La empresa violó los artículos 3 y 4 de la Ordenanza 11028/08, en tanto éstos disponen los requisitos legales y técnicos que deben acreditarse para la obtención de un permiso, pero que además, subsidiariamente, se encuentran en estado suspensivo según lo dispuso la Ordenanza 11212/09.

Han resultado vanos, señor Presidente, los intentos por averiguar si existen medidas cautelares tramitadas por la firma Nextel, propietaria de la antena y persona jurídica que alquiló el inmueble, que otorgaran derechos a esa instalación, pero existen declaraciones del secretario de Medio Ambiente que afirmó que Nextel no ha iniciado tramitación alguna, y de las actas y actuaciones en la Justicia de Faltas, surgen idénticas afirmaciones.

Estamos en consecuencia asistiendo, ni más ni menos, que a un hecho de concreta prepotencia empresarial, que si no es severamente respondida por el municipio con las herramientas de las que se dispone, terminarán beneficiando a la empresa violadora de las normas.

Nos encontramos en medio de un plazo que prohíbe toda dación de permisos, y no deja de extrañar que una multinacional de las características de la empresa referida, se arriesgue a éstas aventuras.

Lo dicho señor presidente debe inevitablemente atarse a las palabras expresadas en forma pública por el funcionario Claudio Olivares, quien sostuvo que si la empresa tramitara el permiso “se le daría, por cuanto cumple con las disposiciones de la Ordenanza.”

Efectivamente, cumple con la Ordenanza que hicimos el intento de modificar para evitar situaciones como ésta, donde en un radio de menos de 400 metros, con escuela en medio, los vecinos vivirán en un verdadero horno microondas.

Pero más allá de esto, es necesario terminar, aún en éste vulnerable estado normativo que padecemos, con la perversa mecánica que conjuga la prepotencia empresaria con la inacción municipal, esquema en el que solo los inescrupulosos logran beneficios.

La antena está clausurada por orden del Juez Jorge Briasco, pero es necesario que sea desmantelada y retirada del lugar, y eso solo puede ejecutarlo la administración municipal. Lo contrario, significa lisa y llanamente haber dejado que la empresa convierta en tiempo aprovechado, el espacio ocioso que debió respetar en el marco de la suspensión de permisos que rige.

Es por eso señor presidente, pido acompañamiento para  el siguiente pedido de informes:

-Solicítese al Departamento Ejecutivo, por el área que corresponda, indique si se ha ordenado a la firma Nextel, el desmantelamiento de la antena emplazada en calle 349 entre 382 y 383 de Quilmes Oeste, sobre la que pesa una orden de clausura emanada del Juzgado de Faltas Nro. 3, y en que plazos.

-En caso negativo, solicítese al Departamento Ejecutivo que por el área que corresponda, ordene el inmediato retiro de la antena antes individualizada constatada como “clandestina” por el acta 2055 remitida al Juzgado de Faltas Nro. 3 de Quilmes, por las razones y los términos dispuestos por los artículos 3ro.,  4to. y 6to de la Ordenanza 11028/08 y los articulo 1º y 2º de la Ordenanza Nº 11212/09. 

 

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Realizar Ordenamiento de transito en Quilmes Centro

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Quilmes, noviembre de 2009

 

 

VISTO:

 

         El caos de tránsito que provocan los automovilistas que estacionan en doble fila, tanto en el ingreso como en la salida del Bingo Golden Jack, y;

 

CONSIDERANDO:

 

         Que sobre la Avenida Mitre, entre Alem y Rivadavia, se registran diariamente largas colas de vehículos que esperan ingresar al estacionamiento del Bingo, impidiendo la normal circulación de los demás automóviles en dicha arteria.

 

         Que esta situación se ve agravada cuando el Bingo exhibe el cartel de Estacionamiento “Completo”.

 

         Que a la vuelta del estacionamiento, sobre la calle Alem, entre Mitre y Alvear, se estaciona sobre las dos manos, y también paran los vehículos con las balizas encendidas para subir a quienes salen del Bingo, provocándose embotellamientos, accidentes y fuertes discusiones entre los automovilistas.

 

         Que los choferes del Remis que funciona frente a la salida del Bingo sobre la calle Alem, también estacionan en doble fila para subir pasajeros.

 

         Que es indispensable se tomen urgentes medidas para dar solución al caos vehicular que se producen en los lugares mencionados y se regularice el tránsito vehicular.

 

         Es por ello que la concejal de la Coalición Cívica – ARI, Mario Sahagun aconseja la aprobación del siguiente proyecto de:

 

RESOLUCIÓN

 

Artículo 1: SOLICÍTASE al Departamento Ejecutivo, que a través del área que corresponda, proceda realizar controles vehiculares en el ingreso al estacionamiento y en la salida del Bingo Gonden Jack, ubicados en las calles Mitre, entre Alem y Rivadavia, y Alem, entre Mitre y Alvear, sucesivamente, a los fines de regularizar y reordenar el tránsito sobre dichas arterias.

 

Artículo 2: COMUNÍQUESE a quienes corresponda, etc.

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Pedido de Informe sobre medidas adoptadas en la Emergencia Ambiental

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                 Quilmes, 3 de noviembre de 2009

 

 

Visto:

 

          La Emergencia Ambiental y Sanitaria sancionada por éste Concejo Deliberante con fecha 2 de diciembre de 2008, promulgada bajo el nro. 11042/08, para la zona delimitada por las calles Otamendi,  Ortiz de Ocampo, 76 y Yoldi; de la ribera de Quilmes.  Y,

 

Considerando:

                    

                        Que con fecha 28 de octubre de 2009, los vecinos de la zona incorporada en ésta Emergencia, advirtieron como, desde una zanja que bordea la planta de remediación que la firma Repsol YPF ha instalado en la entrada del Club Ciclista, y que ubica en la exacta intersección de las calles Panizza y Avenida España, brotaban grandes cantidades de un líquido cuyo olor y densidad, lo identificaron fácilmente como un combustible.

        

          -Que el cauce referido, se encuentra atravesado en su totalidad, por una cañería que sale desde la propia planta remediadora –la que se supone se halla inactiva - la que a simple vista se observa interconectada con las bocas chupadoras del hidrocarburo que se encuentra en la tierra del lugar.

 

          -Que los vecinos tomaron muestras del líquido emergente, el que con el paso de las horas conservó el olor indiscutiblemente propalado por un hidrocarburo, pero que además, y en reposo, separó las capas de su contenido en la clásica conducta que asume el agua mezclada con éste compuesto.

 

          -Que se comunicaron en forma inmediata tanto con el municipio como con el Organismo Provincial de Desarrollo Sustentable.

 

          -Que solo el segundo de los organismos acudió al lugar, aunque al llegar, el inspector se limitó a informar que “No estaba capacitado para determinar clasificación del líquido emergente y que tendría que volver con personal capacitado”, cosa que no hizo jamás y que determinó que no quedara ni siquiera un acta en la que se dejó constancia de la presencia de dicha instancia.

 

          -Que el estado de abandono de los lugareños afectados por el derrame es total, y no se advierte cumplimiento de las disposiciones emanadas de la ordenanza  sancionada con fecha 2 de diciembre de 2008, en tanto, según los testimonios vecinales, no existe asistencia sanitaria ni suministro de agua potable.

 

          -Que lo dicho se hace extensivo a las familias con cuadros diagnosticados de contaminación severa, tal el caso de la familia  Sian, que habita la calle Panizza Nro.903; cuyos tres hijos, Maria Angeles de 13, Juliana de 11 y Luis Angel, de 10; registran niveles de benceno en sangre varias veces superiores a los tolerable; no recibiendo del municipio asistencia alguna en materia de tratamientos, - los que según la información aportada por la familia se lleva adelante en l Hospital Garrahan- y viéndose en la obligación de adquirir en forma constante agua mineral envasada por estricta recomendación médica.

 

 

Por todo lo expuesto, el concejal Mario Sahagùn, del bloque ARI-CC, aconseja la aprobación del siguiente proyecto de:

 

RESOLUCION

 

Articulo1º.-Indique el departamento Ejecutivo por el área que corresponde, cuales son las medidas que se han materializado, tendientes a dar cumplimiento a las disposiciones emanadas de la Ordenanza nro 11042/8, que declaró la Emergencia Ambiental y Sanitaria en el distrito, particularmente las vinculadas al suministro de agua potable y seguimiento sanitario de los contaminados.

 

Articulo 2º.-Informe si a resultas de los episodios registrados el pasado 28 de octubre en la intersección de Panizza y España, se han tomado medidas investigativas tendientes a revelar la existencia de nuevos focos de derrame.

 

Articulo 3º.-Informe si se ha tomado contacto con el Organismo Provincial de Desarrollo Sustentable, para que éste informe sobre su intervención de ese día en el lugar.

 

Articulo 4º.- de forma.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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Pedido de informes sobre habilitacion de boliches en quilmes

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Quilmes, 27 de octubre de 2009

Señor Presidente:

En medio de la tarea que desarrolla la Comisión de Nocturnidad, marco en el que estamos trabajando en el armado de una legislación  de fondo para el control de la actividad; hemos hallado cuestiones que por su urgencia ameritan acciones concretas y previas.

En éste marco, es necesario requerir una vez más –ya lo hemos hecho infructuosamente- informaciones sobre las tramitaciones actualmente en  curso, cuyo objetivo persiga habilitar nuevos emprendimientos  de actividad nocturna, máxime si tenemos en cuenta, que para legislar la situación de fondo, es esencial contar con un mapeo preciso de lo que existe funcionando y potencialmente próximo a estarlo.

Informaciones que han sido públicas, colocan además en ésta situación, a un mega emprendimiento que estaría próximo a inaugurarse, cuyas dimensiones, es evidente que podrían marcar un fuerte impacto en la zona céntrica local.

Esto que las fotografías exhiben señor presidente, no es otra cosa que el interior de un local ubicado en Garibaldi 224/226, bautizado como “Cronos.”

Las imágenes nos exhiben por dentro, un espacio que no solo no tiene las características de un bar, sino que muestra una estructura de bailable con sectores reservados de curiosa distribución, pero que en su conjunto, hablan a las claras de un emprendimiento en el que se puede calcular una concurrencia de más de 1000 personas, suponiendo una mala noche.

Hablamos señor presidente, de la zona que hoy por hoy se erige como el punto máximo del conflicto nocturno, que no soporta ya la actividad que tiene, al que va a sumarse un impacto de concurrencia y sus “derivados,” de consecuencias impredecibles.

No podemos legislar adecuadamente, bajo criterios realistas y efectivos, si no contamos con datos puntuales.

Hacemos normas, no videncia. No construimos marcos regulatorios para aplicar sobre una maqueta plana. No se puede trabajar seriamente si mientras las declaraciones públicas van para un lado, las acciones van para el contrario y encima, se nos niega información central a quienes pretendemos que discursos y hechos vayan para un mismo lugar.

Es por esto que pido a mis pares acompañen  con su voto la siguiente minuta de Comunicación:

-Informe el Departamento Ejecutivo, a través del área que corresponda, cantidad de trámites de habilitación que se hallan actualmente en curso para los rubros vinculados a la actividad de esparcimiento nocturno, cualquiera sea la instancia en que se encuentren.

-Indique, sobre cada uno, persona física y/o jurídica solicitante, rubro, ubicación, estado de la tramitación y cantidad de éstos que se encuentren funcionando bajo autorización “precaria.”

-Informe estado del trámite de habilitación del emprendimiento ubicado en Garibaldi 224/226, cuyo nombre de fantasía resulta ser “Cronos,” remitiendo copia de los antecedentes que dieron origen a ese emprendimiento.

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Arbitrar controles en Quilmes Centro

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Quilmes, 27 de octubre de 2009

Señor Presidente:

Hace algunos días, quienes integramos la Comisión Especial de Nocturnidad, recibimos a un grupo de vecinos de Quilmes centro, particular e inhumanamente afectados por el descontrol que se produce en el microcentro local, los fines de semana.

Acostumbrados como estamos a los reclamos estructurales, profundos y muchas veces de compleja resolución; nos enfrentamos a un grupo de vecinos que solo reclaman “Poder dormir alguna vez”. Increíble.

De esa reunión señor presidente, surgió el compromiso de todos los bloques, de motorizar una resolución durante esta sesión, en la que se conmine al Departamento Ejecutivo a tomar cartas en esa desastrosa situación que padecen.

Porque, señor presidente, hay aquí dos planos de conflicto: las normas que es necesario readecuar, y aquellas que es necesario exigir se apliquen.

Podemos legislar normas de calidad suiza, pero si el Departamento Ejecutivo, poseedor del poder de policía y de las estructuras de inspección y prevención necesarias, no las hace cumplir; es evidente que la situación no solo no se resolverá, sino que avanzará empeorando irremediablemente.

Hay bares en los que se baila con instalaciones que no están adecuadas para eso, música a niveles ensordecedores, venta indiscriminada de alcohol que se traduce en personas con su conducta alterada, ocupación abusiva del espacio público y bloqueo de la normal circulación vehicular.

En ese marco, la actividad sin control que se genera dentro de los locales, se expulsa luego hacia las calles, generando violencia, desmanes, y una situación de afectación sanitaria física y psicológica para quienes allí viven, que derivará en una tragedia en cualquier momento.

Es evidente que las modas asimiladas a la inconducta social son difíciles de modificar por la vía de una norma. No despreciamos la incidencia de factores culturales profundos que se han ido modificando en la sociedad y no en la mejor de las direcciones.

Pero de allí a suponer que esto exime al señor director de Tránsito a infraccionar a quienes estacionan en dos y tres filas; al señor director de Espectáculos Públicos a inspeccionar e infraccionar los bares en los que se baila ilegalmente, y a la subsecretaría de Seguridad a controlar y convocar a la autoridad policial ante desbordes violentos en la vía pública, hay una distancia que insulta cualquier inteligencia.

Insisto señor Presidente;  la más eximia de las normas es inútil si no se la aplica. Y es evidente que a éste estado de cosas se ha llegado porque las que existen, perfectibles y de allí la necesidad del trabajo de la Comisión, no se aplican ni en escala mínima.

Las razones de la distracción de la secretaría de Gobierno en éste sentido, quedará para la certeza o imaginación de cada uno. No hay muchas razones por las que un funcionario se exponga a una denuncia por incumplimiento de sus deberes, sino una y simple: que su beneficio sea mayor en la impunidad, que en el orden.

Es por esto señor Presidente, y honrando el compromiso que asumimos con los vecinos damnificados, que solicito la aprobación de la siguiente Minuta de Comunicación:

-El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo, arbitre con suma urgencia los controles correspondientes en toda actividad de esparcimiento nocturno hoy habilitada en el distrito, procediendo con el máximo de las sanciones que prevé la normativa vigente, en caso de hallarse incumplimientos a las mismas.

-En idéntico sentido, en lo que al área de Tránsito del municipio refiere, para que se haga cumplir en forma expresa y taxativa, la normativa vigente en términos de estacionamiento y ordenamiento vehicular.

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Solicitud de Aprobacion del INCINI

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Quilmes, 11 de septiembre de 2009

VISTO:

El proyecto D 1334 / 09-10 presentado en la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires pidiendo el pronto tratamiento en el Congreso Nacional de las iniciativas vinculadas al Ingreso Universal a la Niñez; y,

CONSIDERANDO:

Que este proyecto de declaración fue aprobado por TODOS los bloques políticos sobre tablas el 26/08/2009.

Que en la Cámara de Diputados de la Nación existen  distintas iniciativas referidas a la creación o institución de un Ingreso Universal a la Niñez que más allá de sus especificaciones técnicas o políticas ponen en debate la infantilización de la pobreza en la Argentina. Realidad ésta que es encerrada en una frase que se repite como de memoria: “la mayoría de los niños son pobres y la mayoría de los pobres son niños”

Que ante la situación financiera de la mayoría de las provincias se hace aun más necesaria una respuesta a nivel nacional.

Que se hace imperioso entonces provocar un profundo debate acerca del modelo de protección social vigente en nuestro país. Décadas de políticas neoliberales han producido una gran fragmentación con la consecuente destrucción de vínculos sociales. Es necesario reconstruir esos vínculos a través de políticas concretas basadas en los principios de solidaridad, universalidad, equidad e igualdad  de nuestro sistema de  seguridad social.

Que, junto a políticas que hagan foco en problemáticas específicas y acotadas, es imprescindible avanzar en el desarrollo de una red de seguridad social que brinde un ingreso básico universal  garantizado  para hacer CIUDADANOS a todos los niños, niñas y adolescentes.

Que impulsar políticas universales es también hacer efectiva la condición de ciudadanos para muchos argentinos que independientemente de su posición o la ausencia en el mercado de trabajo, lo son por el solo hecho de habitar este suelo. La pobreza no es resultado de fuerzas naturales sino de la injusta distribución de la riqueza de nuestro país. Es necesario que el Estado intervenga con toda la fuerza para mejorar esta distribución a favor de  los que menos tienen.

Que hace más de 12 años hay proyectos presentados en el Congreso Nacional instituyendo políticas universales a la niñez. Es hora, ante la crisis económica y social, que el Estado Nacional tome medidas urgentes para evitar una mayor disgregación social, y con ello contrarrestar la profundización de la pobreza y la exclusión que estamos viviendo.

POR ELLO: El bloque ARI COALICION CIVICA aconseja la aprobación del siguiente proyecto de:

RESOLUCION

Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante de Quilmes solicita al Congreso Nacional que de pronto tratamiento a las iniciativas vinculadas al  Ingreso Universal a la Niñez.

Articulo 2º.- Comuníquese a la Cámara de Diputados y a la Cámara de Senadores de la Nación.

Articulo 3º.- De forma.

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Esparcimiento Nocturno zonas Centricas

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Expte.HCD-O-2-19861         

Referente: Suspender por 60 días

Habilitación referente a

Esparcimiento nocturno

 

 

 

Quilmes,  03 de Junio de 2009

 

 

 

          VISTO:

 

                      Que determinadas zonas del distrito se encuentran completamente colapsadas por una actividad de esparcimiento nocturno que prolifera en escalas tan diversas como traumáticas.

  

          Que las quejas vecinales se acumulan describiendo realidades verdaderamente insoportables en términos de calidad de vida, advirtiéndose incluso situaciones que comprometen la salud psicofísica de quienes conviven con actividades que han proliferado en condiciones cuantitativas notables.

 

          Que existen en materia de legislación municipal, normas que establecen regulaciones que no parecen estar siendo debidamente observadas y,

 

         CONSIDERANDO:

 

                                        Que la actividad de esparcimiento nocturno debe compatibilizarse con la calidad de vida de quienes además, resultan habitantes permanentes de esos sectores del distrito.

 

          Que la legislación vigente ha sido conteste en intentar establecer como compatibles con éstas actividades, aquellos radios geográficos con escasa densidad poblacional permanente.

 

          Que existe un evidente desborde en torno a los permisos de instalación de comercios que bajo formas autorizadas, ejercen actividades que no lo son.

 

          Que la zona regulada como “de Esparcimiento”, no contempla el radio estrictamente céntrico, espacio en el que han proliferado locales que ejercen actividad de hecho incompatibles con el espíritu real de la legislación municipal vigente.

 

          Que existe actualmente,  una evidente violación a las disposiciones de las Ordenanzas 7425/94, en tanto ésta establece horarios precisos para el funcionamiento nocturno y tabula el nivel de sonido permitido para la actividad que se desarrolla fuera del área antes especificada.

 

          Que los descontroles normativos, han llegado al extremo de habilitar situaciones de desborde general que cada fin de semana, culminan en hechos policiales en los que no faltan jóvenes heridos y vecinos que avanzan en tomar acciones directas que pueden culminar en hechos irremediablemente desgraciados.

 

          Que es deber ineludible de éste Cuerpo, además de legislar, exigir el cumplimiento de las normas.

Por lo expuesto, el concejal del bloque ARI-CC, Mario Sahagún, recomienda la aprobación del siguiente proyecto de:

 

ORDENANZA:

 

Articulo 1º.- Dispónese la suspensión por el plazo de 60 (sesenta) días, del otorgamiento de toda nueva habilitación comercial que contenga rubros compatibles con el esparcimiento nocturno, en todas las modalidades que éstos puedan adquirir, lapso en el que se verificará el pleno cumplimiento de la normativa vigente respecto de los que hubieran sido habilitados, y se avanzará en readecuar la legislación en curso, en función al impacto ambiental que la actividad haya generado en las zonas del distrito cuyo permiso de instalación ha estado vigente hasta la fecha.

 

Articulo 2º.- Establézcase que el departamento Ejecutivo remita a  éste Concejo Deliberante, la nómina completa de comercios habilitados bajo éste rubro en todo el distrito, con más los que lo hubieran sido por actividad de maxikioscos, bares, comidas rápidas  y cafeterías; y  sus correspondientes ubicaciones, a efectos de considerar el pleno cumplimiento de las disposiciones emanadas de la ordenanza 10439/06, en tanto ella establece un Radio de Exclusión (RE(a)) sobre la zona asentada en Avenida Calchaquí, que dispone la imposibilidad de convivencia de comercios de ésta nómina a menos de 500 metros entre sí; como asimismo, las actas de inspección de las que pudieron haber sido objeto dichos comercios a lo largo del último año, junto a los instrumentos administrativos que den cuenta del resultado final de esos procedimientos.

 

Articulo 3º.- Comuníquese a quien corresponda etc..

 

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